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Archivo del 4 de Noviembre de 2007

Intervención de Gloria Inés Ramírez en el Foro sobre provisionalidad, vacancia y estabilidad de los servidores públicos de la rama legislativa
Gloria Inés Ramírez
Viernes 2 de noviembre de 2007
Apreciaciones generales acerca del Proyecto de Ley Nº 121 de 2006 Senado, “Por el cual se reforman los artículos 3º y 31 numeral 5º de la Ley 909 de 2004” Por OALC
La estabilidad laboral es una garantía jurídicamente consagrada en el artículo 53 Constitucional, la cual hace parte del catálogo de principios mínimos fundamentales que la misma Constitución ordenó al legislador desarrollar mediante la expedición del Estatuto del Trabajo, tarea en la que estamos comprometidas de cara a todos los trabajadores y trabajadoras del país.
La estabilidad como principio constitucional ha sido definida por la jurisprudencia como la garantía de mantener la relación laboral, cualquiera sea su origen, en tanto no exista motivo razonable alguno para darla por terminada, definición que va mucho más allá del derecho a no ser despedido sin justa causa. Es en realidad una garantía de rango fundamental regida como principio mínimo del trabajo en condiciones dignas y justas, y por tanto, institución jurídica de carácter constitucional.
Ahora bien, el escenario por naturaleza en el cual debe discutirse el desarrollo legislativo de un principio constitucional como la estabilidad laboral, es el que se encuentra abierto a propósito de la expedición del Estatuto del Trabajo, y no el debate de una medida de coyuntura. Es en el marco de la discusión general por un trabajo digno y un estatuto que así lo garantice en el cual debe concentrarse decididamente el apoyo de la clase trabajadora del país en conjunto con las buenas intenciones legislativas. Sin el apoyo contundente de servidores y servidoras públicas, así como de trabajadores y trabajadoras particulares al Estatuto del Trabajo, cualquier medida que se tome en aras de garantizar la estabilidad laboral por fuera de la aprobación del Estatuto será solamente un remedio temporal, una medida de coyuntura que no solucionará el debate de fondo.
Sin embargo, mientras cerramos filas en torno a la aprobación del Estatuto del Trabajo, es necesario garantizar la vigencia de los principios constitucionales aquí y ahora, sin que eso implique renunciar a un propósito común de mayor alcance como es el Estatuto. Por eso celebramos y acompañamos la iniciativa de la H. Senadora Dilian Francisca Toro, quien en esta ocasión ha mostrado una especial sensibilidad por la situación de miles de trabajadoras y trabajadores al servicio del Estado que hoy ven amenazada su estabilidad laboral. De manera que en general estamos dispuestas a apoyar el proyecto en tanto el mismo contribuya a garantizar el derecho a la estabilidad de los servidores públicos, incluidos por supuesto, nuestros estimados compañeros y compañeras del Congreso de la República.
En atención al compromiso con la clase trabajadora, quisiera a continuación caminar, como dicen los taitas y sabedores indios, de lo general a lo particular, de lo abstracto a lo concreto, para hacer algunos comentarios breves al proyecto de Ley que considero contribuirán a fortalecer la propuesta y a mejorar la sustentación, ya que en mi concepto el argumento según el cual el proyecto es un sistema de transición es adecuado, pero quizás no resulte suficiente.
Un argumento que le propongo a la honorable senadora que ha presentado la propuesta, es el de las acciones afirmativas. Por ello permítanme explicar brevemente qué se entiende por ellas: Las acciones afirmativas han sido definidas por el constitucionalismo contemporáneo como medidas concretas -generalmente legislativas- destinadas a garantizar la igualdad sustancial o material por encima de la igualdad formal, como parte del compromiso asumido por los poderes públicos con el fin de materializar el Estado Social de Derecho. Históricamente, tienen origen precisamente en el marco de los conflictos laborales acaecidos en Estados Unidos durante la década del 30 del siglo pasado, cuando la política del New Deal (Nuevo Pacto) emprendida por el presidente Franklin D. Roosevelt con el fin de mejorar las condiciones de trabajadores, campesinos y pequeños comerciantes, generó la expedición de la Ley Nacional de Relaciones Laborales, por la cual, si un empresario discriminaba a un sindicato o miembro de aquel, debía suspender su actuación y adoptar “acciones afirmativas” para ubicar a las víctimas en el lugar que estarían si no hubieran sido discriminadas.
De allí, las acciones afirmativas se extendieron a otras poblaciones tradicionalmente excluidas, como las minorías étnicas y religiosas, las mujeres, discapacitados (as), sin tierra, homosexuales, entre muchas otras, que comenzaban a ser protegidas a través de mecanismos legales que ubicaban a estos grupos discriminados históricamente en las mismas condiciones que los demás, garantizando así la igualdad material por encima de la anacrónica igualdad formal establecida por las revoluciones liberales burguesas de los siglos XVII al XIX. Por último, y de manera más reciente, las acciones afirmativas se han utilizado para incrementar los niveles de participación de colectivos discriminados, especialmente en escenarios políticos.
Es necesario este breve recorrido histórico, porque sólo a partir de la comprensión de las acciones afirmativas como una conquista de los sectores sociales surgida en el seno de las organizaciones de trabajadores, se puede comprender hoy, que las acciones afirmativas son producto de un ejercicio dialéctico, pero además, una expresión del nuevo constitucionalismo que progresivamente se ha ido extendiendo hasta llegar a ser una garantía aplicable a todo aquel que se encuentre en condición de discriminación. Hoy encuentro plenamente justificada la protección especial de un grupo como el de los miles de servidoras y servidores públicos, que ha sido víctima de una equivocada planeación en materia de provisión de cargos públicos, teniendo que asumir los costos de la improvisación del Estado en la materia.
De manera que el otorgar un trato preferencial a los actuales servidores y servidoras públicas en provisionalidad que ven amenazada su estabilidad y su mínimo fundamental como consecuencia de una política errática, no constituye una discriminación en contra de aquellos que aspiran a ocupar una plaza en cualquiera de las ramas del poder público, por el contrario, constituye una acción afirmativa a favor de quienes merecen una especial protección del Estado por haber servido de manera eficiente durante todos estos años. Sólo así se compensa en algo esa enorme deuda que legislador y ejecutivo tenemos con aquellas y aquellos que durante estos largos años han mantenido la terrible incertidumbre de la inestabilidad, y pese a lo cual han cumplido cabalmente con sus labores como cualquier funcionario de carrera.
Nada, aparte de las crisis nerviosas que más de un servidor en provisionalidad debe tener, diferencia a un empleado de carrera de un mal llamado “provisional”, y sin embargo es el segundo grupo el que lleva sobre sus hombros la pesada carga de lo incierto, del riesgo de la desocupación, de no saber si el siguiente mes contará con el empleo que le permite sobrevivir en una sociedad que -más allá de las mentiras del Gobierno Nacional- es cada vez más una sociedad de desempleados(as), subempleados/as, desplazados/as, desarraigados/as, discriminados/as, en fin de excluidos y excluidas.
Todo sabemos que mejorar la prestación del servicio público es una necesidad. Por tanto, es loable la intención del Estado por mejorar la calidad en la prestación de las diferentes actividades destinadas a garantizar el derecho de los ciudadanos y ciudadanas de acceso efectivo a los servicios públicos, sin embargo, no se puede por ello admitir que una gran parte de la población colombiana tenga que asumir las caras consecuencias de décadas de mala planeación en materia de provisión de cargos, siendo “desechados” de la administración como algo que ya no sirve por el simple hecho de encontrarse en situación de provisionalidad. La oportuna y eficiente prestación del servicio público debe ser adecuadamente ponderada con la estabilidad de aquellos y aquellas que han entregado parte de su vida por nada más que un puñado de incertidumbre.
Para concluir, si nada -aparte de la inestabilidad- diferencia a un empleado o empleada en provisionalidad de aquellos que se encuentra en carrera y gozan de estabilidad, se justifica entonces una acción afirmativa que permita conciliar los intereses en conflicto -eficiencia, economía y eficacia de la función pública, de un lado, y derechos al trabajo y al mínimo vital, del otro-, frente a las políticas de provisión de cargos en las entidades públicas. Se debe otorgar así un trato preferente y privilegiar la estabilidad laboral de los sujetos de especial protección del Estado.
Por lo anterior, y en aras de contribuir con argumentos al proyecto de Ley 121 de 2006 Senado, por el cual se pretende garantizar la estabilidad de aquellos empleados y empleadas en provisionalidad que se encontraban vinculados al servicio público al momento de entrar en vigencia la Ley 909 de 2004, considero que este proyecto se puede alimentar de la teoría de las acciones afirmativas en los términos que han sido expuestos.
Pero es necesario tener presente, que los esfuerzos debemos concentrarlos en apoyar la iniciativa del Estatuto del Trabajo, sin el cual las medidas como la que hoy discutimos pasarán a ser un retazo más de la desarticulada, simbólica e ineficaz normatividad laboral producto de una legislación para el momento y los intereses de algunos sectores, y no para la totalidad de la clase trabajadora.
GLORIA INÉS RAMÍREZ RÍOSSenadora

HISTORIA DE UN LIDERAZGO ENTRAÑABLE¿QUIEN ES GLORIA INES RAMIREZ RÍOS?Gloría Inés, una niña humilde de Filadelfia, Caldas, que amaneció con la aurora de un 8 de Junio de 1956, que no tuvo muñecas y que tempranamente asumió las afugias de las primogenituras, JUGABA con sus hermanitos y los vecinitos del barrio a SER MAESTRA, y es allí, entre el juego, los sueños y las duras realidades, donde se forja su temple de lidereza, de mujer de mucho carácter, defensora de sus ideas, luchadora insobornable ante las injusticias, intrépida ante la adversidad y los obstáculos, de militante inclaudicable por la causa de los estudiantes, de los destechados, de las mujeres, de los trabajadores, de los defensores de Derechos Humanos; pero es allí mismo donde se aquilata su corazón de hija, de madre, de compañera, con el amor atesorado de su familia, con la compañía solidaria y comprometida de sus compañeros en el sindicalismo y de sus camaradas en la lucha social y política del país.Esta menuda mujer que guarda la frustración de no haber sido Física Nuclear, desde temprana edad incursiona en las luchas estudiantiles de la región; luego de seguir el ejemplo de su madre: SER MAESTRA, combina la actividad docente, con una intensa labor sindical, en defensa del carácter público de la educación y de los derechos de los educadores de Risaralda, con la toma de tierras para los destechados de Pereira y Desquebradas; con la lucha de las mujeres risaraldenses para lograr espacios de participación y organización como la Casa de la Mujer ”STELLA BRAND” y las Comisarías de Familia; con los aportes a la academia desde un Feminismo crítico y comprometido con la realidad de las mujeres de nuestro país y con una probada militancia en la causa de los Comunistas Colombianos; todo lo cual le ha abierto el camino para llegar a ser la primera Mujer que en 40 años, asumió la Presidencia del Sindicato más grande del país, FECODE, durante 2 años y medio y haber alcanzado la mayor votación en las elecciones internas de la CUT en Octubre de 2002, 23.500 votos que igualmente le merecían la designación de la Primer Presidenta Mujer de una Central Obrera en Colombia.Esta mujer que proclama categóricamente: MI VENTAJA, ES QUE SIEMPRE HE SIDO COMUNISTA Y FEMINISTA, ha sido capaz de poner en jaque al Gobierno Nacional y al Congreso de la República, cuando acompañada de más 60.000 personas- entre estudiantes, padres de familia y educadores, se tomó en dos oportunidades la Plaza de Bolívar, buscando impedir que el Acto Legislativo 012, recortara las transferencias a los municipios y departamentos para la educación y que el Proyecto de Ley 715 impusiera condiciones laborales onerosas a los educadores colombianos, lo que le ganó que el Periódico El ESPECATADOR la nombrara como la “Dama de la Mano de Hierro”.Esta dulce y hermosa mujer, admiradora ferviente de FRIDA KAHLO, ha hecho sentir su voz atronadora, haciendo la denuncia de que en Colombia “Hay un plan para exterminar al movimiento sindical” o pidiendo al régimen o a los actores del conflicto armado: “El respeto a las escuelas como territorios de Paz”.Esta mujer que por su coraje y valentía, ha tenido que padecer en carne propia los efectos de la Política de la Seguridad Democrática y del Terrorismo Estatal agenciado por los paramilitares, ha exorcizado la soledad y el exilio, EN LA FORTALEZA DEL AMOR que le prodiga su familia y en LA ESPERANZA de que un país mejor y posible, alienta la lucha de los demócratas y los revolucionarios colombianos.Su lucha al lado de las mujeres: las educadoras, las sindicalistas, las destechadas, las defensoras de derechos humanos, sus camaradas, le han servido para templar su carácter combativo, el mismo que sus críticos lo califican de “radical” y sus amigos como de “principios”.Si a algo le tiene miedo esta mujer, es a LA IMPUNIDAD que hoy ofende la dignidad de la Nación y especialmente la vida, los cuerpos y las esperanzas en la verdad, la justicia y la reparación para tantas y tantas mujeres despojadas de todo.Esta es Señoras y Señores, GLORIA INES RAMIREZ RÍOS, UNA FIGURA AURORAL DE LA ESPERANZA, que desde la perspectiva de la filósofa feminista María Zambrano, es una mujer que con su cuerpo, con su sapiencia, con sus deseos, con su pasión como fuerza sagrada de la vida, con esa sonrisa persistente y generosa, es capaz de todas las transformaciones, y por que no? De todas las revoluciones pendientes, que abren caminos distintos en la historia y potencian la conciencia social y política de la insurgencia, la alegría de vivir y de luchar por una causa justa, entusiasmante e invencible; esa lucha, nuestra lucha, la lucha a la que le hemos apostado todas las mujeres y los hombres que anhelamos un mundo y un país mejor y posible para TODAS y TODOS.Razones por demás valederas, para que en las elecciones parlamentarias de Marzo de 2006, esta mujer portentosa haya logrado una delegación del PODER POPULAR, para ocupar un escaño en el Senado de la República, en el que se desempeña como Vicepresidenta de la Comisión Séptima Constitucional, Presidenta de la Comisión de Paz y Acuerdo Humanitario, integrante de varias Comisiones Accidentales que tratan las problemáticas de la educación pública, de la grave crisis del Departamento del Choco, de la violencia contra las mujeres desde la Comisión Bicameral de Parlamentarias y últimamente, como integrante del Consejo Nacional de Paz, tareas que cada día ponen a prueba su temple de luchadora incansable, frente a la gran responsabilidad de ser la vocera y la representante de “los sin voz, de los invisibilizados, de los que no se cuenta, de los desposeídos, de los ignorados y, especialmente de las mujeres, en una reivindicación de la historia no contada, de la voz silenciada y del poder negado a tantas NOSOTRAS.Con la seguridad de una combatiente por las causas de la justicia, a comienzos del presente período legislativo radicó en la Secretaría del Senado de la República, el Primer Proyecto de Ley sobre un Estatuto del Trabajo que desarrolla el Artículo 53 de la Constitución Política, que en casi 17 años de su vigencia, la oligarquía empotrada en el Parlamento Colombiano no había permitido que cursara espacio en los debates legislativos. Con esta misma certeza, avanza en el estudio de otros proyectos de Ley que reivindicarán los derechos conculcados a hombres y mujeres en el mundo del trabajo, como ha acontecido con las 79.000 madres comunitarias.En su agenda de trabajo, no hay un solo día que no dedique lo mejor de sus esfuerzos a preparar las próximas visitas, las conferencias, los foros o las entrevistas; a escuchar o a responder los pedimentos que desde ignotos rincones del país, con ahincada esperanza llegan a su oficina, en demanda de una voz de aliento o de la apertura de caminos de solución a tantas y tantas necesidades de las almas y de los cuerpos.

TERESA MARTINEZ PINTOAsesora Unidad de Trabajo LegislativoBogotá, D.C., Noviembre de 2007PERFIL PROFESIONALLICENCIADA EN FÍSICA Y MATEMÁTICASUniversidad Tecnológica de PereiraMAGISTER ENDESARROLLO SOCIAL Y EDUCACIÓNUniversidad Pedagógica NacionalESPECIALISTA EN GARANTÍA DE DERECHOS LABORALESUniversidad de Toledo – EspañaDIPLOMADO EN ECONOMÍA, POLÍTICA SOCIAL Y GÉNEROPontificia Universidad JaverianaCONFERENCISTA INTERNACIONAL EN TEMAS EDUCATIVOS Y DE GÉNEROCARGOS DE REPRESENTACIÓNPRESIDENTA DE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE EDUCADORES, “FECODE”INTEGRANTE DEL COMITÉ EJECUTIVO DE LA CENTRAL UNITARIA DE TRABAJADORES DE COLOMBIA, “CUT”ASESORA TEMÁTICA DE LA CASA DE LA MUJER “STELLA BRAND” DE PEREIRAACTIVISTA DE LA RED NACIONAL DE MUJERESINTEGRANTE DE LA BANCADA BICAMERAL DE MUJERES DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICAREPRESENTANTE POR EL SENADO DE LA REPÚBLICA ANTE EL PARLAMENTO ANDINO DE MUJERESPRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE PAZ Y ACUERDO HUMANITARIO DEL SENADO DE LA REPÚBLICAVICEPRESIDENTA DE LA COMISIÓN SÉPTIMA CONSTITUCIONAL PERMANENTE DEL SENADO DE LA REPÚBLICAINTEGRANTE DEL CONSEJO NACIONAL DE PAZ
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Pueden mandar sus mensajes Gloria Inés Ramiréz Ríos Senadora de la República de Colombia por el Polo Democrático Alternativo Colombia Edificio Nuevo Congreso de la República de Colombia Cra 7 No 8-68 Ofc.536 tel: 3823519 / 3823520 Email gloriainesramirez06@
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